EL 30 DE NOVIEMBRE DE 2020 COMENZÓ EL “CENSO NACIONAL ECONÓMICO”

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El 30 de noviembre de 2020 comenzó el Censo Nacional Económico (CNE 2020-2021) dispuesto por la resolución 180/2020 del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC). Los Contadores Victoria Rinero y Manuel Rinero de ESTUDIO CONTABLE RINERO, nos amplían sobre la temática en este artículo.

Dicha resolución dispone la apertura del censo, que se ejecutará durante 6 meses y que incluirá una serie de actividades precensales, censales y postcensales.

El mismo comprende todas las actividades económicas productivas de bienes y servicios y toda otra actividad económica que por su envergadura se considere de relevancia estadística y relevará personas y empresas del país que tienen actividad registrada, incluyendo sociedades financieras y no financieras, personas inscriptas en monotributo y autónomos e instituciones sin fines de lucro.

  • ¿Cómo se llevará a cabo?

El censo constará de dos etapas:

  • Primera etapa

La primera etapa consiste en la realización de un registro estadístico digital destinado a todas las unidades económicas con actividad en el territorio nacional y que tengan su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) activa.

  • Segunda etapa

Contempla un conjunto de encuestas estructurales económicas y encuestas sectoriales para obtener información sobre producción e insumos desagregados por actividad y por producto, canales y márgenes de distribución, entre otros datos relacionados a las sociedades no financieras.

  • ¿Cómo será el cronograma de relevamiento?

Las personas jurídicas (empresas e instituciones sin fines de lucro) tienen tiempo para responder hasta el 1 de abril de 2021.

Las personas inscriptas en el régimen de autónomos tienen tiempo hasta el 1 de mayo de 2021.

Los monotributistas podrán hacerlo hasta el 1 de junio de 2021.

  • ¿Cómo se realizará el relevamiento?

El mismo se efectuará a través de un cuestionario digital desarrollado por el INDEC, denominado e-CNE.

Para ingresar a la aplicación del e-CNE se requerirá previamente la validación de la identidad de las personas mediante su número de CUIT y clave fiscal en la plataforma Autenticar.

Luego, el sistema redireccionará a un sitio seguro del INDEC para completar el censo, que dependiendo del tipo de persona puede tener 14, 15 o 17 preguntas.

  • ¿Sobre qué versarán las consultas?

El cuestionario solicitará:

– CUIT de acuerdo con la conformación de la unidad económica.

– Ubicación de la administración central.

– Localización geográfica de otras provincias.

– Descripción de la actividad principal.

– Descripción de bienes y servicios resultantes de la actividad principal.

– Descripción de materias primas y gastos directos.

– Facturación anual sin impuesto al valor agregado (IVA).

– Cantidad de personal ocupado.

– Realización de actividades de investigación y desarrollo.

  • ¿Es obligatorio?

El artículo 4 de la resolución 180/2020 establece que todas las unidades económicas que sean convocadas quedan obligadas a responder la totalidad de las preguntas incluidas en el cuestionario.

La sanción por incumplimiento será de multa.

Asimismo, el certificado de cumplimiento debe descargarse, ya que será necesaria su presentación para la realización de trámites administrativos y bancarios.

Por su parte, el artículo 10 del decreto 3110/1970 declara como carga púbica a la actividad censal, y las personas y empresas convocadas están obligadas a cumplirla.

  • ¿Dónde se puede obtener mayor información?

Para obtener más información sobre el censo, se puede consultar la página web del INDEC https://censoeconomico.indec.gob.ar o llamar al teléfono 0-800-CNE-2021.

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