Nuevas actividades autorizadas: MUNICIPALIDAD DE DEVOTO

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Mediante Decreto local y siguiendo las recomendaciones del COE, Centro de Operaciones de Emergencia Regional, se informaron las nuevas actividades que estarán permitidas, la novedad es que además se podrán realizar todos los días, compartimos la información oficial.

Las actividades podrán desarrollarse de lunes a domingos de 12:00 a 18:00 hs en el ámbito de la jurisdicción de Devoto, con excepción de los domingos que solo las caminatas podrán ser de 8: a 18 hs; las salidas serán de manera individual o con el grupo familiar conviviente.
– Quedan prohibidas las aglomeraciones de personas, antes, durante o después de la actividad.
– Las salidas en bicicleta deberán ser fuera del ejido urbano y dentro de la jurisdicción de Devoto.
– Se evitará compartir recipientes de agua y toda otra bebida o alimento; al frenar o detenerse, mantener una distancia mínima de tres metros.
– Cuando una persona participa en un deporte en el que se comparten espacios, se guarda la restricción del distanciamiento físico.
– En todos los casos el deportista sale de su casa vestido con su ropa deportiva y su equipamiento debidamente higienizado.
– Llevar sus propios elementos de protección (barbijo, alcohol en gel, toalla, guantes, etc.).
– Al terminar su actividad deportiva (sin cambiarse ni bañarse en la institución) regresa a su casa sin detenerse en reuniones grupales.
– En prácticas institucionales regladas, es obligatorio tener previamente otorgado un turno para la práctica, los tiempos entre turnos no deberán ser inferior a 15 minutos.
Debe presentarse a cumplir ese turno no antes de 15 minutos previos.
– Donde se cobre por la práctica se privilegiará el pago electrónico, que es preferible que sea previo.
– Como estas prácticas son “no competitivas” no se permite la participación simultánea de árbitros, jueces u otro tipo de control.
– En su casa procede al lavado de la ropa deportiva y la higienización del equipamiento utilizado.
– Cuando la práctica requiere un ámbito especial (cancha) en una institución pública o privada, están habilitados para jugar los socios residentes en esa ciudad o en las vecinas donde no se pueda realizar esa práctica. No se permite público espectador.

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