Programa “Registradas”: Programa de recuperación económica, generación de empleo e inclusión social para los trabajadores de casas particulares.

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El Gobierno Nacional presentó el PROGRAMA REGISTRADAS, el mismo el Estado nacional abonará una parte del sueldo de la trabajadora durante seis meses, mientras la parte empleadora deberá registrarla y pagar sus aportes. Aquí más detalles. ESPECIAL DE ESTUDIO RINERO.

De qué se trata el Programa:
– Consiste en la transferencia de una suma mensual equivalente al 50 o 30% de la remuneración neta mensual declarada por el empleador al momento de la inscripción al programa, con un monto máximo del beneficio de $15.000.
– Tendrá una vigencia de 6 meses desde el momento del alta de la trabajadora.
– El empleador/a deberá percibir ingresos mensuales “inferiores al mínimo no imponible de Ganancias”.
– La trabajadora deberá trabajar como mínimo 12 horas semanales y podrá estar inscripta únicamente bajo la nómina de un empleador o empleadora
– El acceso al beneficio “no genera incompatibilidad con otros beneficios”, asignaciones y programas sociales, con excepción de la pensión no contributiva por invalidez, pensión no contributiva madre de 7 hijos y pensión no contributiva por vejez.
– El programa estará vigente hasta el 31 de diciembre 2021. La inscripción permanecerá abierta durante tres meses: octubre, noviembre y diciembre.
Cómo se implementará
– El empleador da de alta a la nueva trabajadora en la AFIP, y el Estado crea una cuenta sueldo en el Banco Nación (BNA) para ella y transfiere allí, de manera mensual, un porcentaje del salario neto declarado (30% o 50% según corresponda) y el empleador transferirá el porcentaje restante.
– El monto será del 50% de la remuneración neta mensual mínima cuando sus empleadores tengan un ingreso bruto mensual “inferior al 70% del mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias” (en la actualidad, es de $117.374).
– La suma será del 30% de la remuneración neta mensual cuando los empleadores tengan un ingreso bruto mensual comprendido entre “el 70% y 100% del mínimo no imponible”.
– El monto máximo del beneficio será de $15.000 mensuales.

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