Suspensión de Actividades en DEVOTO: DECRETO OFICIAL

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La Municipalidad de Devoto presentó el Decreto donde da conocimiento a la comunidad de suspensión de las actividades sociales, culturales y competencias deportivas amateurs, en el mismo se especifica detalladamente el alcance de cada sector.

DECRETO N°39/2021
VISTO:
La situación epidemiológica actual en la localidad de Devoto y zona del virus
SARS-CoV2 y las medidas adoptadas al respecto por el Gobierno Nacional y el
Gobierno Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que desde el ingreso a nuestro país del citado virus, este Municipio ha dictado
sucesivas normas acordes a los datos oficiales y de las diversas autoridades sanitarias, a
través de los cuales se dispusieron las medidas que la emergencia requería en sus
distintas fases.
Que atento al agravamiento de algunos parámetros epidemiológicos en nuestra
localidad, conforme a las recomendaciones de las autoridades sanitarias locales, se
estima oportuno y adecuado tomar medidas que contribuyan a resguardar la salud
pública, tendientes a contener la propagación del virus SARS-CoV2. Con apoyatura en
los informes técnicos epidemiológicos e información sanitaria.
Que en esa suerte, se dispone hasta el día 30.04.2021 inclusive, suspender todo
tipo de actividades sociales, culturales, como así también las competencias deportivas
de carácter amateurs (tanto para deportes federados como no federados).
Que es importante fortalecer las acciones de vigilancia con el fin de detectar de
manera temprana los casos positivos de COVID19. Permitiendo la atención adecuada de
los pacientes y la implementación de las medidas de investigación, prevención y control
tendientes a reducir el riesgo de diseminación de la infección en la población.
Que es voluntad de la Municipalidad de Devoto cumplir y hacer cumplir las
normas preventivas dictadas con fines sanitarios por las autoridades nacionales y
provinciales (disposiciones y protocolos vigentes), para todas las actividades que
continúan habilitadas.
Que las disposiciones que se establecen en el presente son temporarias, resultan
necesarias, razonables y proporcionadas con relación a la amenaza y riesgo sanitario
que enfrenta nuestro pueblo, pudiendo ser modificadas o acentuadas conforme la
evolución de la situación sanitaria-epidemiológica en la región y en la localidad.
Que la dinámica de la pandemia y su impacto sobre la salud pública hace
imposible seguir el trámite para la sanción de ordenanzas.
Por todo lo expuesto y lo dispuesto por los articulos 49, 50 y concordantes de la
Ley 8102, en ejercicio de sus funciones legales,
POR TODO ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DEVOTO DECRETA:
Art. 1: SUSPENDANSE desde el día 16.04.2021 y hasta el día 30.04.2021 ambos días
inclusive, todo tipo de actividades sociales, culturales, como así también las
competencias deportivas de carácter amateurs (tanto en deportes federados como no
federados).
Art. 2: EXCEPTUANSE de la disposición anterior, las reuniones familiares de hasta
diez (10) personas en domicilios particulares.
Art. 3: DISPONESE fortalecer las acciones de vigilancia con el fin de detectar de
manera temprana los casos positivos de COVID19, permitiendo la atención adecuada de
los pacientes y la implementación de las medidas de investigación, prevención y control
tendientes a reducir el riesgo de diseminación de la infección en la población.
Art.4: DISPONESE el contralor del cumplimiento de las disposiciones y protocolos
vigentes, para todas las actividades que continúan habilitadas.
Art. 5: DISPONESE que el alcance y el tenor de las presentes medidas podrán ser
modificadas en caso que cambie la situación sanitaria-epidemiológica en la localidad de
Devoto.
Art. 6: DISPONESE que en casos especiales, las autoridades locales podrán acentuar
las medidas restrictivas por un tiempo determinado.
Art. 7: Publíquese, elévese al Concejo Deliberante y archívese.
Devoto, 16 de abril de 2021.

DECRETO OFICIAL:

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